El Sporting vuelve a la Comisión Delegada de LaLiga

El conjunto rojiblanco, con David Guerra como representante, formará parte de la toma de decisiones del máximo organismo del fútbol nacional amparado por otros clubes de la categoría

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Tebas Mareo
Javier Tebas, Alejandro Irarragorri, David Guerra y Ángela Pumariega, durante la inauguración de la reforma de Mareo
Jue, 03/10/2024 - 18:10

El Sporting de Gijón volverá a formar parte de la mesa de trabajo de la Comisión Delegada de LaLiga. El club rojiblanco es uno de los representantes seleccionados dentro de los conjuntos de Primera y Segunda división para formar parte de la toma de decisiones de algunos de los asuntos más importantes para el fútbol español. El Sporting, con David Guerra como representante, es uno de los nuevos miembros de la Comisión Delegada. Una mesa de trabajo renovada cada dos años. 

Hace años, el Sporting contaba con una importante presencia dentro de LaLiga. Javier Fernández ocupaba el cargo de vicepresidente segundo de la competición que dirige Javier Tebas. El que fuera presidente del Sporting también formaba parte del Consejo de Administración de LaLiga Group International, sociedad formada a raíz de la llegada del fondo CVC para supervisar su reparto y uso en los equipos del fútbol español. 

Junto al Sporting de Gijón, la nueva Comisión Delegada de LaLiga la componen cinco conjuntos más de Segunda y seis de Primera división. Por parte de la categoría de plata, además de los rojiblancos, estarán el Cádiz, Zaragoza, Burgos, Almería y Tenerife, siendo los canarios los únicos que repiten con respecto a la anterior elección. Desde Primera división, pasan a formar parte Sevilla, Betis, Rayo Vallecano, Alavés, Las Palmas y Real Madrid. Como representante máximo de Segunda división estará el Eibar, mientras que por parte de la máxima categoría el representante volverá a ser el Atlético de Madrid. 

La llegada del Sporting de Gijón a la Comisión Delegada viene de la mano de la aprobación de varios de los conjuntos de la categoría, que abogan por el conjunto rojiblanco como uno de los representantes para la toma de decisiones dentro del fútbol español. LaLiga avaló la candidatura rojiblanca que será, durante los dos próximos años, parte de algunos de los asuntos de relevancia para el fútbol nacional.

Las labores que aborda esta comisión, reflejadas en la página de LaLiga, son: 

(I) Solicitar la convocatoria de Asamblea General y ejecutar los acuerdos válidamente adoptados por la Asamblea General y/o las Juntas de División.

(II) Proponer a la Asamblea General el nombramiento, revocación y reelección de los auditores externos, previa propuesta del Comité de Auditoría y Control Interno.

(III) Negociar y, en su caso, aprobar, con sujeción a la ratificación de la Asamblea General Extraordinaria a que se refiere el artículo 11 f) de los Estatutos, convenios con la RFEF, AFE e instituciones públicas.

(IV) La adopción de decisiones en relación con la impugnación de acuerdos adoptados por las Juntas de División en los términos previstos en el artículo 26.

(V) Decidir sobre aprobación o rechazo de solicitudes de admisión en LALIGA, pudiendo, en su caso, delegar en el Director Legal. Dicha delegación habrá de conferirse mediante la mayoría necesaria para adoptar decisiones en la materia contemplada en el presente apartado.

(VI) Ejercitar acciones y derechos, ya sea judicial o extrajudicialmente, en interés de LALIGA, todo ello sin perjuicio de la facultad establecida en el artículo 33.

(VII) Resolución de asuntos urgentes que le plantee cualquier miembro en relación a cuestiones aprobadas por un órgano competente, respetando en todo caso la jerarquía orgánica y las disposiciones estatutarias y reglamentarias.

(VIII) Evacuar las consultas que se les plantee sobre la interpretación de los Estatutos y Reglamentos de LALIGA.

(IX) Proponer la apertura de expedientes disciplinarios.

(X) Emisión de los informes preceptivos conforme a la legislación vigente, pudiendo, en su caso, delegar en el Director Legal. Dicha delegación habrá de conferirse mediante la mayoría necesaria para adoptar decisiones en la materia contemplada en el presente apartado.

(XI) Formulación del presupuesto de LALIGA, así como formulación de la Memoria, Cuenta de Pérdidas y Ganancias y Liquidación del Presupuesto.

(XII) Recomendar normas y criterios para la elaboración de presupuestos de los miembros de LALIGA.

(XIII) La supervisión y garantía de la integridad de los sistemas internos de información financiera y no financiera.

(XIV) La determinación, a propuesta del Comité de Auditoría y Control Interno, así como la supervisión del sistema de control interno y gestión de riesgos

(XV) A propuesta del Comité de Auditoría y Control Interno, la determinación del Sistema de Gestión de Cumplimiento y la modificación de las políticas que lo integran, así como su supervisión.

(XVI) Cualesquiera otras que les resulten atribuidas expresamente en los presentes Estatutos o reglamentariamente.

(XVII) Decidir sobre la estructura funcional y provisión de puestos de LALIGA a propuesta del Presidente y la elección de dos miembros del Consejo de Administración de SEFPSA, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46 de los Estatutos Sociales.

(XVIII) El nombramiento, a propuesta del Presidente, de los miembros del Comité de Auditoría y Control Interno.

(XIX) La selección, el nombramiento y cese, a propuesta del Comité de Auditoria y Control Interno, del responsable del Órgano de Cumplimiento Normativo y, en su caso, del responsable de la función de auditoría interna.

(XX) Declarar y, en su caso, dejar sin efecto, previos los trámites rituarios oportunos, la existencia de una situación de dificultad económica de un Club/SAD, de acuerdo con lo establecido en el Convenio Colectivo firmado entre LALIGA y la Asociación de Futbolistas Españoles.